Las familias ensambladas, compuestas por parejas que conviven o se casan nuevamente y crían hijos de relaciones anteriores y de su relación actual, se han convertido en una realidad cada vez más habitual en América Latina. Sin embargo, en muchos casos, los marcos legales no se actualizan al ritmo de estos nuevos modelos familiares.
“Personas que se vuelven a casar, conviven, tienen hijos propios y de parejas anteriores: todo eso es parte de la nueva normalidad. Pero aunque el modelo social de familia va mutando, el derecho no siempre acompaña esos cambios con la rapidez o profundidad necesarios”, advierte el abogado Juan Cruz Acosta Güemes, director de la gerenciadora de patrimonios FDI.
Desde FDI, especializada en planificación y protección patrimonial, aseguran que los conflictos legales más comunes en este tipo de familias pueden evitarse con planificación adecuada y diálogo. A continuación, se detallan los siete problemas legales más frecuentes que afectan a las familias ensambladas:
Fallecimiento de uno de los miembros: La falta de claridad sobre quién puede permanecer en el hogar familiar o quién hereda puede dejar desprotegida a la pareja o a los hijos si no hay una planificación previa, que debe estar a tono con la normativa aplicable.
Conflictos entre pareja e hijos por la herencia: Si no se define con claridad cómo se repartirán los bienes, pueden surgir enfrentamientos entre la nueva pareja y los hijos de relaciones anteriores. Esta estrategia debe ser efectuada con las herramientas disponibles en la legislación y dentro del marco legal establecido.
Separaciones sin acuerdos previos: Bienes previos, deudas o emprendimientos compartidos pueden convertirse en fuentes de conflicto si no se registró qué corresponde a cada parte. Independientemente de lo que establezca la ley local, la pareja debe tener bien documentado lo que (al menos económicamente) corresponde a cada uno.
Protección del patrimonio para hijos anteriores: Existen herramientas legales como fideicomisos o testamentos que permiten garantizar la voluntad del titular sin dejar lugar a ambigüedades, siempre en sintonía con la ley aplicable.
Hijos del cónyuge o conviviente sin derechos legales: Aunque se los críe como propios, no tienen derechos legales automáticos. Es necesario formalizar su inclusión legal con el alcance que la normativa permita.
Empresas familiares y bienes en común: Cuando existen sociedades o propiedades cruzadas entre miembros de distintas etapas familiares, los riesgos aumentan sin una administración clara, y es recomendable un protocolo familiar que rija la conducta de esa familia ante la empresa familiar.
Falta de diálogo: La omisión del tema por miedo o incomodidad es uno de los errores más graves. Una conversación honesta es el primer paso para evitar futuros conflictos. El profesional especializado es una herramienta ideal y eficaz para canalizar ese marco de diálogo y llevarlo a un final constructivo y duradero.
“Ordenar y planificar no significa desconfiar. Significa cuidar. Cuidar a la pareja, a los hijos, a uno mismo. Hay herramientas legales para evitar conflictos, pero todo empieza por una conversación honesta. Planificar no es solo para millonarios ni para personas grandes. Es para cualquiera que quiera proteger lo que construyó y lo que quiere dejar a quien se lo quiere dejar”, concluye Juan Cruz Acosta Güemes.
Gentileza.- Melisa Mattalía – HRC Consultora
