21 julio, 2025

Misiones: Efectivos de las fuerzas de seguridad no podrán votar en las elecciones del día 8 de Junio

Mediante el Acta Acuerdo Nº 1221, con fecha del 19 de Mayo de 2025, el Tribunal Electoral de la provincia de Misiones dispuso que agentes de seguridad provincial (fuerzas policiales, penitenciarias y militares, tanto provinciales como nacionales) no podrán votar en las próximas elecciones del día 8 de Junio.

La medida alcanza a efectivos de la Policía de la provincia de Misiones, la Gendarmería Nacional, el Ejército Argentino, la Prefectura Naval, la Policía Federal, el Servicio Penitenciario, el Liceo Naval Almirante Storni y la Seguridad Aeroportuaria.

Se ordenó notificar la decisión a los partidos y alianzas que participan del proceso comicial y publicar la nómina de inhabilitados en el Boletín Oficial durante tres días consecutivos.

La disposición da cumplimiento del artículo 48 de la Constitución Provincial. La norma es clara: «No pueden votar los miembros de las Fuerzas Armadas o de Seguridad en actividad».

El artículo 48 de la Constitución de Misiones establece que las FFAA y de Seguridad no pueden votar. Pero es una norma que pocas veces se utilizó.

Foto.- Portada – Ilustrativa

Fuente.- https://enfoquemisiones.com

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